Borrador Renta
La solicitud del borrador de la renta se ha generalizado desde su aparición, la hacienda al contar con diferentes datos como la declaración de impuestos es capaz de armar nuestra declaración y enviarnos un borrador del mismo, este servicio facilita la declaración fiscal en caso de que todos los datos que registra la Hacienda (ingresos, patrimonio, retención, etc.) estén correctos.

Este año la Agencia Tributaria ha decidido retrasar la solicitud del borrador de la renta para el mes de abril y no en marzo como ya nos tenía acostumbrados con plazo hasta el 23 de junio, el plazo para completar esta declaración será cerrado el 30 de de Junio, es decir siete días después de concluido el periodo de solicitud del borrador.
¿Como solicitar el borrador de la renta?
- Solicitándolo en las oficinas de la Agencia Tributaria de forma personal.
- Visitando la página de la Agencia Tributaria, pudiendo identificarte mediante un certificado digital dentro del sitio web o utilizando el NIF o IE.
- Llamando a los teléfonos de la Agencia Tributaria: 901 12 12 24 – 901 200 345.
Una vez con el borrador deberá revisar las casillas especialmente si tu situación personal o incluso familiar haya cambiado en el año de ejercicio, en caso de que los datos estén correctos solo deberá confirmar el borrador en una oficina bancaria o mediante internet.
Recordad que en la campaña 2008 se entregaron miles de borradores con errores y dependiendo de la situación personal de cada contribuyente un error en el borrador puede salir bastante costoso.

